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BASES PARA EL NUEVO MODELO TERRITORIAL
El municipio de Poble Nou de Benitatxell dispone de Normas Subsidiarias municipales de planeamiento aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo en sesión celebrada en fecha 23 de septiembre de 1987.
El instrumento de planeamiento anterior fue el Plan General de Ordenación Urbana, aprobado en Marzo de 1973 por la Comisión Provincial de Urbanismo y una serie de instrumentos de planeamiento parcial, aprobados antes y después de dicho Plan General que iban dando cobertura a diversos asentamientos de población residencial.
El municipio presenta una estructura urbana poco articulada entre los distintos núcleos que lo configuran, comunicándose entre sí a través de caminos agrícolas, hoy transformados en vías de comunicación, que soportan dificultosamente el tráfico rodado que circula por ellos.
El modelo urbano actual obedece a la inexistencia de un urbanismo planificado y con peso suficiente que haya especializado zonas del término municipal, atribuyendo usos jerarquizados. Por el contrario existen urbanizaciones con planeamiento y núcleos dispersos que se han asentado en zonas del territorio sin ningún concepto de planificación integral.
Por tanto, resulta del todo necesario abordar el paso de las Normas Subsidiarias, con dificultades para concebir el proceso de gestión urbanística, a un planeamiento ajustado a la legislación urbanística en vigor, con soluciones de gestión adaptadas a la nueva situación del municipio.
El PGOU a desarrollar se basará en la consulta popular desarrollada, fruto de la voluntad de todo el Ayuntamiento, a partir del 2002 y cuyo objetivo primordial era la búsqueda colectiva de un modelo territorial. El modelo territorial al que se llego será la base para el PGOU.
El modelo territorial tendrá como grandes ejes:
- El desvío de las carreteras CV-737 y CV-740 a su paso por el casco urbano, creando rondas de circunvalación y articulando el crecimiento de los suelos urbanizables.
- Creación de nuevos suelos urbanizables residenciales colindantes con el casco consolidado.
- Creación de sectores de suelo urbanizable de segunda residencia situados al noroeste, junto al término municipal de Xàbia y junto a sectores ya desarrollados.
- Consolidación de la zona de equipamientos situada al norte del término, junto al polideportivo existente.
- Inclusión como suelos protegidos de los que ya lo eran en el planeamiento anterior, más las afecciones derivadas de la legislación sectorial en materia de costas, vías pecuarias, dominio público hidráulico y yacimientos arqueológicos.
- Consolidar una zona de equipamientos públicos en la zona colindante con la carretera CV-737 al norte del término municipal donde actualmente se sitúa el polideportivo municipal.
- Diseñar una red primaria de comunicaciones apoyada en caminos públicos cuya ampliación corra a cargo de los suelos urbanizables a los que servirán de acceso.
- Tener en cuenta los riesgos naturales a la hora de localizar los usos del suelo, no localizando actividades generadoras de riegos en áreas vulnerables.
- Reconocer las actuaciones realizadas al amparo del planeamiento anterior, ejecutadas, en ejecución o en trámites de programación, incluyéndolas en el suelo urbano.
- Incluir en la planificación, como suelos protegidos, las afecciones territoriales que inciden en la misma, en especial los suelos protegidos en el planteamiento anterior, los barrancos, las vías pecuarias, la zona litoral y los yacimientos arqueológicos.
- Viabilidad de la propuesta desde el punto de vista económico de forma que las plusvalías generadas por los desarrollos urbanísticos propuestos sea proporcionada para la financiación a su cargo de las actuaciones infraestructurales necesarias.
- Adecuación a los servicios, de forma que los crecimientos proyectados se satisfagan con los existentes o sean capaces de sufragar las ampliaciones necesarias de los mismos.
- Adecuación a la demanda real, tanto turística como local, de forma que la nueva clasificación no distorsione el mercado del suelo.
- Respeto del medio físico, preservando las zonas o parajes de interés local o supralocal. |
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