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Estudio de integración paisajística

El Proyecto objeto del presente Estudio de Integración Paisajística (EIP) es la DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO (DIC) AMPLIACIÓN DE CAMPA EXISTENTE DE APARCAMIENTO DE COCHES EN CHESTE COLINDANTE A LA CV-378.

El Estudio de Integración Paisajista se redacta según la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (LOTPP), de la Generalitat Valenciana y el Decreto 120/2006 por el que se apruebe el Reglamento de Paisaje.

El motivo de la redacción del presente proyecto, es la ampliación de la campa de aparcamiento de coches existente en Cheste colindante con la CV-378, carretera de acceso a Cheste desde la Autovía A-3. Se trata de una actividad existente que necesita ampliar el área de aparcamiento de coches en los terrenos colindantes. La ampliación se realiza únicamente para habilitar nuevas zonas de depósito temporal de automóviles, antes de su venta, no necesitando más servicios, ya que los coches aquí depositados serán mantenidos con los servicios existentes en las instalaciones de la campa existente. Así mismo, no se requiere la habilitación de nuevos accesos, siendo suficientes los existentes para las instalaciones actuales.

Los EIP tienen por objeto predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que la nueva infraestructura puede llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción y determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar sus posibles efectos negativos.

Según se indica en el art. 52 del Decreto 120/2006, el contenido de los Estudios de Integración Paisajística incluirán:

? Plan de Participación Pública
? Descripción y definición del Proyecto Básico.
? Delimitación del ámbito de estudio y caracterización de las Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos afectado.
? Planes y proyectos en trámite o ejecución en el mismo ámbito.
? Valoración de la Integración Paisajística o justificación del cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación, y en especial de los Estudios de Paisaje o Catálogos de Paisaje en el municipio de Cheste.
? La Valoración de la Integración Visual a partir de un Análisis Visual del ámbito.
? La identificación de los Impactos Paisajísticos y Visuales y la previsión de su importancia y magnitud
? Las medidas de integración y mitigación de impactos y programa de implementación

El mismo Decreto 120/2006 define que entenderemos por Unidad de Paisaje y por Recursos Paisajístico. Así, se entenderá por Unidad de Paisaje el área geográfica con una configuración estructural, funcional o perceptivamente diferenciada, única y singular, que ha ido adquiriendo los caracteres que la definen tras un largo período de tiempo. Se identifica por su coherencia interna y sus diferencias con respecto a las unidades contiguas.

Entenderemos por Recursos Paisajísticos los elementos lineales o puntuales singulares de un paisaje o grupo de éstos que definen su individualidad y que tienen un valor visual, ecológico, cultural y/o histórico.

 
     
 
 
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