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Participación Pública
Los Planes Generales de Ordenación Urbana tienen que realizar, según la ?Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente?, una Evaluación Ambiental Estratégica que contempla un procedimiento de participación pública. Por otra parte, y según la ?Ley 4/2004 de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje? tienen que realizar un Estudio de Paisaje que también contempla un procedimiento de participación pública.
Con el fin de agilizar la tramitación y de facilitar la participación pública de todas aquellas asociaciones y personas físicas interesadas, es intención del Ayuntamiento realizar conjuntamente el procedimiento de participación pública derivado de las leyes anteriormente citadas.
El Plan de Participación Pública es el documento que define la estrategia de participación pública y tendrá por objeto:
- Hacer accesible la información relevante sobre el Estudio de Paisaje y sobre la Evaluación Ambiental Estratégica a que se refiera el Plan de Participación.
- Informar del derecho a participar y de la forma en que se puede ejercer este derecho.
- Reconocer el derecho a formular observaciones y comentarios en aquellas fases iniciales del procedimiento en que estén abiertas todas las opciones.
- Obtener información útil del público interesado.
- Identificar los valores atribuidos al paisaje por los agentes sociales y las poblaciones.
- Justificar la opción adoptada y la forma en que se ha desarrollado el trámite de participación.
El contenido del Plan de Participación Pública del Proyecto es el siguiente:
- Identificación de agentes sociales de la zona que pudieran estar interesados.
- Realización de página Web del Proyecto.
- Comunicación de la intención de realizar el Proyecto a los agentes sociales y de las características de este.
- Comunicación de las características del Estudio de Paisaje y de la Evaluación Ambiental Estratégica.
- Recabar información sobre las preferencias visuales de los ciudadanos.
- Contestación de las sugerencias recibidas e incorporación, en su caso, al Proyecto.
Dentro del proceso de participación pública del PGOU para el Estudio de Paisaje y la Evaluación Ambiental EStratégica, se incluye la encuesta de valoración de las Preferencias Visuales de los ciudadanos y la valoración de los factores que debe contemplar el futuro Modelo de Desarrollo Urbano del municipio.
En la encuesta se valorará la calidad que otorgan los ciudadanos a los diferentes paisajes presentes en el municipio y a las diferents variables que condicionarán el modelo de desarrollo del municipio.
A continuación se le presentarán una serie de afirmaciones e imágenes para que se indique el grado de conformidad(afirmacionse y la calidad del paisaje observado (imágenes).
(en el caso de las imágenes la valoración deberá ceñirse a lo observado en la fotografía y no a la fotografía en sí)
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